| Legal Flash! | Mayo 2020 | Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética |
El Gobierno presenta en las Cortes su Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que debería estar en vigor a finales de 2020
El Gobierno de España, a propuesta del Ministerio de Transición Ecológica, acaba de enviar al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria la Ley de Cambio Climático y Transición Energética (“LCCTE”), que es uno de los instrumentos clave en la lucha contra el cambio climático al otorgar fuerza normativa a lo que hasta ahora son meros objetivos políticos. De acuerdo con el calendario legislativo, este proyecto de ley debería quedar aprobado, en su texto definitivo que como es lógico sufrirá modificaciones fruto del debate parlamentario, alrededor del final de este año 2020.
La LCCTE establecerá el marco regulatorio, profundamente innovador y de gran impacto desde todo punto de vista, en el que se desarrollarán las actividades empresariales relacionadas con la llamada “economía verde” en diversos sectores económicos, más allá del puramente energético. El “European green new deal” pretende ser una palanca esencial para la reactivación y reindustrialización en España y la Unión Europea, que ayude a superar la grave crisis económica provocada por el COVID-19 en torno a cuatro sectores identificados por la Comisión Europea para esta nueva estrategia industrial para Europa: energía, transporte, infraestructuras y ámbito agroalimentario. El objetivo inversor en “economía verde” supera los 200.000 millones de euros sólo en España (la mayoría movilizados por el sector privado, y más teniendo en cuenta las enormes dificultades presupuestarias que afrontaremos durante los próximos años). La LCCTE aporta mayor claridad si cabe acerca del impulso político decidido, a todos los niveles territoriales, que las inversiones en los mencionados sectores recibirán en los próximos años como vectores de crecimiento y de empleo.
+ Objetivos: Los objetivos fijados podrán ser revisados solo al alza (por tanto, tienen vocación de comprometer a sucesivos gobiernos). En 2050, España debe ser neutra en emisiones y el sistema eléctrico deberá ser 100% renovable. A medio camino, en 2030 el 35% del consumo final de energía debe ser de origen renovable y en el caso de electricidad, la presencia renovable debe alcanzar el 70% como mínimo. Esto quiere decir que en los próximos años asistiremos a una verdadera “electrificación” de nuestra sociedad. La energía eléctrica, por su bajo nivel contaminante comparado con otras fuentes, deberá primar sobre las demás. En el capítulo de tecnologías de “horizontes 2 y 3”, los gases renovables, el hidrógeno en general y la eólica marina serán vectores importantes para posibilitar estos ambiciosos objetivos. Además, la LCCTE prevé que determinadas medidas de eficiencia energética (relacionadas con la edificación, fundamentalmente) ayuden a reducir el consumo de energía primaria en un 35%.
+ Herramientas: La penetración de renovables en el mix energético español es la más importante palanca y a ella se dedican buena parte de los artículos de la LCCTE:
- Nuevas subastas: se prevé que el Gobierno desarrolle un nuevo marco retributivo (otro más) para la generación renovable, basado en reconocer al inversor en renovables un precio fijo por la energía generada bajo un nuevo sistema de subastas de energía eléctrica, potencia instalada o una combinación de ambas. Se confirma pues, el viraje desde el actual sistema, basado en la rentabilidad razonable en relación con los costes estándar de explotación y valor estándar de la inversión inicial a uno que ponga el foco en el precio de la energía. Aunque no se conocen pormenores, se trata de un sistema que asegura un precio fijo y eso puede redundar en beneficio de los consumidores aunque también puede suponer una importante carga para los Presupuestos Generales del Estado (PGE) al suponer un subsidio estatal al inversor privado para el caso de que el precio que arroje en cada momento el mercado (pool) sea inferior al precio fijo obtenido en la correspondiente subasta. Esto puede suponer que no basten los ingresos del sistema eléctrico, actualmente previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y por ello serán cruciales nuevas leyes que completen las partidas anuales de los PGE (que dedicarán según la LCCTE un porcentaje a financiar la descarbonización) y esos ingresos del sistema.
- Nuevos actores (almacenadores y agregadores independientes): se reconoce por vez primera la figura del titular de almacenamiento como sujeto del sistema eléctrico con el objetivo de impulsar estas tecnologías que serán clave para gestionar la demanda y la seguridad y continuidad del suministro. En este punto, las redes inteligentes y la aplicación del internet de las cosas y la inteligencia artificial al ámbito energético tendrán mucho que decir.
Se introduce también la figura del agregador independiente, con el fin de permitir un modelo de negocio basado en la compra y venta de energía generada de consumidores, productores e instalaciones de almacenamiento.
- Impulso de la hibridación y la repotenciación: La LCCTE permitirá expresamente que se incorporen diferentes tecnologías de generación en una misma instalación, usando el mismo punto de conexión y la capacidad de acceso ya concedida. Esto es una excelente noticia para sponsors y desarrolladores, dado que podrán valerse de las nuevas tecnologías para combinar medios de generación y con ello, la producción de cada instalación se podrá ver incrementada sustancialmente. En este apartado, la generación de hidrógeno verde mediante electrolisis a partir de plantas renovables será una de las actividades más destacadas.
La repotenciación de las instalaciones también es una excelente noticia porque permitirá optimizar el uso del recurso renovable con la máxima potencia de vertido en red. También la permitirá la LCCTE.
+ Movilidad sostenible: es otro importante apartado de la LCCTE como no puede ser de otra manera, teniendo en cuenta que las mayores emisiones contaminantes las originan los diferentes medios de transporte. La ley es algo inconcreta en este apartado y menciona la adopción de las medidas necesarias que posibiliten un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2 hacia 2050. Se potenciará además el desarrollo de las infraestructuras de recarga eléctrica en todo el territorio que posibiliten la progresiva sustitución de vehículos con el tradicional motor de combustión por vehículos eléctricos o híbridos.
En relación con el transporte aéreo, el proyecto habilita al Gobierno para establecer objetivos anuales de suministro de biocarburantes.
En resumen, el proyecto de LCCTE supone un importante revulsivo a la inversión en las diferentes actividades relacionadas con la descarbonización y habrá que estar atentos, tanto a las enmiendas que sufra el texto legislativo como a su desarrollo reglamentario. Lo que parece claro es que la apuesta es decidida y el preocupante escenario post-COVID-19 no será obstáculo sino más bien motivo para acelerar.