A. Normativa

14 de diciembre de 2024:

Aprobación del paquete EMIR.3

El nuevo marco incorpora exime de las obligaciones de compensación siguientes: (i) el cierre de operaciones con un sistema de planes de pensiones establecido en un tercer país y que esté exento de la obligación de compensación en virtud del derecho nacional, (ii) el cierre de operaciones de reducción del riesgo post-negociación en ciertos casos, (iii) las operaciones cerradas por contrapartes financieras por debajo de los límites establecidos. Asimismo, se modifica la metodología de cálculo de los umbrales de compensación para contrapartes no financieras para incluir únicamente los derivados OTC no compensados y las operaciones realizadas por la propia contraparte y admite el recurso a las garantías públicas, las garantías de bancos públicos y las garantías de bancos comerciales para ser aceptadas por las ECC como garantías para cubrir la exposición frente a miembros compensadores o clientes en determinadas condiciones.

En cuanto a las operaciones intragrupo, (i) se elimina la necesidad de una decisión de equivalencia para poder conceder la exención de compensación en operaciones intragrupo con el objetivo de exigir únicamente el listado de terceros países y, (ii) se establece que las contrapartes establecidas en terceros países de alto riesgo o considerados paraísos fiscales no podrán acogerse a ninguna de las exenciones aplicables a las operaciones intragrupo.

En especial, se establece que las contrapartes europeas con obligación de compensación que superen los umbrales de compensación en cualquiera de los contratos de derivados considerados de importancia sistémica sustancial mantengan al menos una cuenta activa en una ECC de la UE autorizada. La cuenta activa se deberá establecer en un plazo de seis meses a partir del momento en que sea exigible y se notificará a ESMA. La cuenta deberá: (i) ser funcional de forma permanente, (ii) disponer de sistemas y recursos para poder ser usada operativamente, (iii) poder compensar en todo momento todas las nuevas operaciones de la contraparte respectiva en los contratos de derivados, y (iv) compensar operaciones representativas de los contratos de derivados que se compensen en un servicio de compensación de importancia sistémica sustancial, todo ello sin perjuicio de las excepciones que se introducen.

En cuanto a los márgenes, debe destacarse la exención de los mismos en las opciones sobre una acción única y las opciones sobre índices bursátiles, de tal manera que dichos productos quedan exentos del requisito de contar con procedimientos de gestión del riesgo. Asimismo, se introduce una obligación a las ECC de proporcionar a los miembros compensadores una herramienta de simulación de márgenes iniciales e información sobre los modelos de márgenes iniciales.

B. Otras publicaciones de interés

20 de noviembre de 2024:

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (“European Securities and Market Authority” o “ESMA”) ha lanzado, tras la aprobación del paquete EMIR.3, una consulta pública sobre las condiciones del requerimiento de la cuenta activa (ESMA91- 1505572268-3856). En concreto, se prevé:

• Los contratos de derivados sujetos a la obligación de mantener una cuenta activa: derivados extrabursátiles de tipos de interés denominados en euros, los derivados extrabursátiles de tipos de interés denominados en zloty polaco y los derivados de tipos de interés a corto plazo denominados en euro.
• Las pruebas de estrés para verificar la capacidad operativa y el funcionamiento de la conectividad informática con la contraparte central, directa o indirectamente, con el miembro
compensador o cliente.
• Las condiciones operativas sobre la conectividad informática, los procesos internos y la documentación legal relacionada con la cuenta activa y sobre la capacidad operativa de la contraparte para soportar un gran aumento de la actividad de compensación pendiente y nueva y un gran flujo de operaciones en un corto período de tiempo.
• La obligación de representatividad de las contrapartes que compensen derivados extrabursátiles de tipos de interés en euros, de derivados OTC de tipos de interés en zloty polaco y de los derivados de tipo de interés a corto plazo en euros. Además, se regula la duración del período de referencia sobre la cual se calculará el número mínimo exigido de operaciones.
• Las obligaciones de información sobre los umbrales agregados para evaluar el cumplimiento de la cuenta activa y sobre la obligación de representatividad.

 

21 de noviembre de 2024:

La consulta empieza por la definición de esta práctica, entendida como la negociación realizada por un intermediario, de conformidad con la legislación y las normas aplicables, incluidas las que regulan la negociación realizada por un intermediario, de conformidad con las leyes y normas aplicables, incluyendo aquellas que gobiernan el frontrunning, la negociación con información material no pública privilegiada, y/o la negociación manipulativa, en los determinados casos. Este precierre de operaciones, habitual en la práctica, puede suponer riesgos potenciales de conducta, por lo que se hace un llamado a los controles a considerar. Asimismo, se establecen recomendaciones para que la clientela pueda gestionar mejor estos riesgos.

3 de diciembre de 2024:

Estas definiciones son de uso generalizado en las transacciones sobre divisas, ya que sistematizan la terminología empleada e identifican las fuentes de información financiera usadas en la práctica.