| Legal Flash! | Setembre 2020 | Mesures socials en defensa de l’ocupació: arrendaments |
- EXTENSIÓN DE LOS PLAZOS DEL REAL DECRETO-LEY 11/2020
En virtud del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo (el “Real Decreto-ley”) aprobado por el Consejo de Ministros en su sesión celebrada el 29 de septiembre de 2020 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 30 de septiembre de 2020:
- Se extiende hasta el 31 de enero de 2021 la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, en los términos establecidos en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (el “Real Decreto-ley 11/2020”); y
- Se amplían hasta esa misma fecha de 31 de enero de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda habitual que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que el propietario, persona física, no haya comunicado la necesidad de la vivienda para sí, en cumplimiento de los plazos y condiciones establecidos en el artículo 9.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Dichos plazos fueron anteriormente extendidos hasta el 30 de septiembre de 2020, en virtud del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio.
Así mismo, ha sido ampliado hasta el 31 de enero de 2021, el plazo máximo de suspensión de los procedimientos de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.
El Real Decreto-ley ha entrado en vigor el mismo día de su publicación, hoy, 30 de septiembre de 2020.
A modo de recordatorio, y tal y como recogimos en nuestras publicaciones anteriores, el citado Real Decreto-ley 11/2020 estableció las siguientes medidas en materia de contratos de arrendamiento:
- Suspensión de lanzamientos para hogares en situación de vulnerabilidad económica -artículo 1-.
- Obligatoria renovación o prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamientos de vivienda habitual -artículo 2-.
- Aplazamiento o condonación del pago de la renta de los contratos de arrendamiento -artículos 3 al 9-.